lunes, 27 de octubre de 2014


                                            HUESCA  MEDIEVAL

          La Edad Media siempre se ha dicho que ha sido una época oscura, seguramente por la escasez de documentos que de ella nos han llegado. Y si nos referimos a la estructura urbana, aún más oscura. Podemos hacernos una idea a través de los restos arqueológicos y arquitectónicos, más bien pocos, que han llegado hasta nosotros y aún así hay que ir con mucha cautela teniendo en cuenta las posibles variaciones que han sufrido a lo largo de los siglos que incluso pueden no parecerse en nada a los originales.
          Pero es lo que disponemos  y lo único que podemos valorar.
          Lo que ha llegado a nosotros desde la época medieval en Huesca han sido la muralla, algunas iglesias y conventos y pocas cosas más sobre barrios y cementerios.







          Tras la conquista de la ciudad por los árabes, su protección la basaron en arreglar la derruida muralla romana, y más adelante durante el reinado de Muhammad I (852-886), en el año 875, edificaron una nueva.
          Era una poderosa construcción ovoide de 1.800 m. de longitud que comprendía una superficie  de unas 22 hectáreas.
          Construida con piedra arenisca de baja calidad, estaba jalonada de torres de planta rectangular de unos 20 metros cuadrados de superficie, y a 22 m. de distancia entre ellas. Deberían haber entre ochenta y noventa.
          Las murallas tal como hoy las contemplamos tienen un aspecto informe e incluso infame, consecuencia de su antiguedad y de las numerosas intervenciones, no siempre afortunadas, que han sufrido a lo largo de los siglos, incluyendo la intervención del siglo XXI llevada a cabo sin el menor rigor histórico. Al poder político no le ha importado mas que hacer un paseo sobre la muralla, para dejar su  impronta, pero lo que es la muralla se han limitado a poner unos pegotes claros que la hacen insufrible, sin proteger los sillares, por lo que se va desmoronando con gran rapidez. Y se caerá, ya lo creo que se caerá. Su aspecto actual en nada se parece a su estructura original, esbelta y con grandes torres.
          Todas las modificaciones sufridas a lo largo de la historia han dejado una muralla de aparejo desigual.
          Se situaba por los actuales Coso Alto, Coso Bajo, Trasmuro y calle Joaquín Costa.

          La muralla disponía de ocho puertas. Cuatro principales: Sircata, Remián, Alquibla y Montearagón.
Y cuatro secundarias: Nueva, Fortis, Alpargán y santo Domingo.
               Puerta Sircata o puerta de San Miguel.
                    Entre la Casa Amparo y la Guardería San José. Fue derribada en 1790.


Torre del Amparo
              

                  Puerta de Remián.
                  Situada donde ahora empieza la plaza Lizana. Conectaba la ciudad con la judería. Persistió hasta el siglo XIX.
                Puerta de la Alquibla o San Lorenzo o de la Correría.
                     Estaba al comienzo de la actual calle Ramiro el Monje. Junto a ella pero por fuera, estuvo un mercado de alimentos que duró hasta mediados del siglo XIX. Se derribó en 1883.
                Puerta de Montearagón o Porteta.
                     De ella aún quedan los restos de un cubo cilíndrico. Esta vía comunicaba la ciudad con el monasterio de Montearagón.
                Puerta de Santo Domingo o de los freyres predycadores.
                     No parece ser que estuviera en la calle Cañellas, sino en los actuales últimos números del Coso Bajo.
                Puerta Fortis o Férrea o de San Francisco.
                     Se situaba a la entrada de la actual calle Villahermosa. Desapareció en 1864.
                Puerta Nueva o de San Vicente.
                     Donde empieza la actual Costanilla de Lastanosa.
                Puerta de Alpargán.
                     A la entrada de la calle Goya enfrente de la calle Lanuza. Fue demolida en 1878.

          Los cementerios por su situación, por su forma y por la manera de hacer los enterramientos nos indican más que otras cosas cual  eran las costumbres de sus habitantes. 
               Los cementerios musulmanes estaban situados fuera de la ciudad y se llamaban almecoras. En ellos el cuerpo envuelto en un sudario se depositaba directamente en el suelo y encima una losa de piedra.
          Hubieron cuatro:
               En el barrio Algorri, cerca del Isuela, desaparecido en 1276.
               El llamado Almecorella, en la zona de la iglesia de San Miguel.
               Otro al sur del convento de Santa Ana, dirección Sariñena. No localizado.
               Pasado el puente San Martín, el llamado Fosal de Moros, a uno y otro lado de la carretera que va a Barbastro.
                    El cementerio judío estaba situado pasado el cerro de San Jorge.
                    Los cementerios cristanos eran el interior de los templos o sus alrededores. Estaban en las cuatro parroquias (Catedral, San Pedro, San Lorenzo y San Martín) y en las iglesias no parroquiales (San Ciprián, San Juan, San Miguel y la Magdalena).

          Los barrios de la ciudad eran seis.
               Barrio de San Miguel. Haratalchomez.
                    Arrabales situados al noroeste de la ciudad, cerca de las Miguelas y Salesianos. Su parte sur donde están los Salesianos se llamabaHaratalchomez. En este barrio estaba el hospital de Leprosos. Estaría al oeste de las Miguelas, tal vez donde hoy está el convento.
               Barrio de la Judería.
                    Este barrio se formó en el entramado de varios caminos que confluian en la puerta Remián Era un barrio cerrado ya que los judios acostumbraban a aislarse del resto de los ciudadanos con portones en las bocacalles. La calle mayor de la Judería es la actual calle de San Joege, cerrada por la puerta Mayor que  daba al Coso. Tras la expulsión de los judíos se llamó Barrio Nuevo.
               Barrio de la Alquibla.
                    Al sur de esta puerta donde Jaime I poseia unas tierras y por ello se llamó también Población del Rey.
               Barrio de la Morería o barrio de San Martín.
                    Abarcaba desde la calle y plaza de San Lorenzo hasta la iglesia de San Lorenzo y San Martín y desde la plaza de Santa Clara y las calles de Jazmín, Ram, Travesía Ballesteros, las Huertas y Perena por el sur y el Coso Bajo por el norte.
               Partida Algascar.
                     Se extendía por fuera de los muros, al sur de lo que ahora es el Cerro de San Jorge. 
               Partida Almeriz.
                     Eran terrenos de cultivo situados entre el rio Isuela y la ciudad. La rodeaba por el sur y por el este.

          En el plano de Huesca medieval hay una serie de conventos, iglesias y monumentos originarios de la Edad Media, unos desaparecidos y otros presentes aunque pueden ser distintos a los originales, bien por la acción del tiempo o por la imparable mano del hombre.
          Y sería muy de desear que todo ciudadano oscense al pasear por su ciudad conociese cual monumento tiene ante su vista o bajo sus pies. Esto sería un signo cultural muy interesante.
                 La Zuda.
                      Fue el palacio del Gobernador árabe, existente a finales del siglo VIII. Desapareció.
                 Palacio Real.
                      Lo construyó Alfonso II (1162-1196). Pasó a ser Universidad el 12 de marzo de 1354, y al cerrarse aquella el 17 de septiembre de 1845 pasó a ser Instituto. Y en 1975 se transformó en el Museo de Huesca.
                 Mezquita-Catedral.


 
Catedral


                      Tras la conquista de Huesca a los árabes en 1096 la mezquita se transformo en catedral. Pero en 1272 el rey Jaime I ordenó que desapareciera la mezquita y en su solar se edificase la catedral.
                 Iglesia de San Ciprián.
                  Iglesia mozárabe que estaba en funcionamiento durante la dominación árabe. Situada en el crucede las actuales calles de San Jorge y el Parque. Estaba en ruinas en el siglo XVIII.
                 Convento de San Francisco.
                       Estaba terminado en 1232 y desapareció tras la Desamortización regular de 1836. Ocupaba el lugar que ahora lo hace la Diputación Provincial.     
                 Convento de Carmelitas Calzados.
                       Se construyó antes de 1286. Estaba en lo que hoy es patio de recreo y aulas de ESO del Colegio Salesianos. Desapareció en la Desamortización regular de 1836.
                 Convento de la Merced.

Iglesia San Pedro el Viejo

Convento la Merced





                       Fundado en 1218 tras la donación de los terrenos por Jaime I. En la Desamortización regular se transformó en cuartel. En el año 2014 ha sido demolido.
                 Hospital de Nuestra Señora de la Merced.
                       Erigido en la primera mitad del siglo XV, se demolió en 1975.
                 Iglesia de San Pedro el Viejo.
                       Se empezó a construir a instancias de Alfonso I alrededor del año 1117. Antes, en época árabe aquí existía una iglesia mozárabe, pobre y hmilde.
                 Iglesia de Santa María in Foris.


 
Iglesia Santa María in foris



                       Ya existía en 1195 y aún se puede contemplar.
                 Convento de Santa Clara.
                       Fue fundado en 1268 y tras muchas penalidades en la Guerra de la Independencia y las Guerras Carlista aún está en pie.



 
Convento Santa Clara



                   Igesia de San Lorenzo.
                        La iglesia de estilo gótico fue construida alrededor del año 1300. El templo que actualmente contemplamos se construyó en el siglo XVII.
                  Convento de Santo Domingo.
                         Fundado por el infante Alfonso, hijo de Jaime I, el 5 de septiembre de 1255. Fue demolido durante la Desamortización regular para dar salida a la ciudad por lo que ahora es el Paseo de Ramón y Cajal.
                  Iglesia de San Miguel. 
Iglesia San Miguel
                        Fue ordenada construir por Alfonso I que delimitó personalmente el terreno, en 1110. Hoy tenemos el privilegio de contemplar este bello monumento.
         
                     
        
                    






















martes, 30 de septiembre de 2014



                  CEREMONIA  DE  CORONACIÓN  DE  LOS  REYES  DE  ARAGÓN

          La ceremonia real ha sido siempre una ceremonia de gran solemnidad y cuya idea era ensalzar la autoridad real.
          En esta ceremonia se relacionaba íntimamente el poder real y el religioso, de tal forma que el rey era rey "por la gracia de Dios" y con este poder era defensor de la iglesia, de la paz y de la justicia.
          No sabemos si nuestros primeros reyes aragoneses tenían algún ceremonial. Probablemente sería una simple donación seguida del  consentimiento y aceptación del clero y los nobles. Sería una ceremonia religiosa en la que el rey se comprometería a respetar las leyes y costumbres de sus súbditos.
          Sí sabemos que Ramiro II fue elevado sobre si escudo en Huesca, según tradición navarra. Pero la primera verdadera coronación la inicia Pedro II y la acaba Fernando I de Trastámara. A partir de aquí la ceremonia fue abolida.
          Esta ceremonia siempre se realizaba en Zaragoza, salvo la del incompetente Pedro II que se hizo en Roma. El papa Inocencio III promulga una bula por la cual los reyes de Aragón pueden ser coronados en Zaragoza por el arzobispo de Tarragona, pero solo se haría con el permiso del papa. Ni la ciudadanía aragonesa vio bien que Pedro II se coronase en Roma ni la casa real aceptó que para coronarse hubiese que pedir permiso al papa. Y es que Pedro II  recibe en sus sienes la corona por Inocencio III, y promete fidelidad al papa y  defender al clero. Cuando el papa le pone la espada, Pedro ofrece su reino al papa y se hace fuedatario de la Iglesia y promete pagar cada año 200 mazmodines, y además cede al papa el patronazgo sobre todas las iglesias de Aragón.
          Años después, Pedro IV recordaba:..."y como quiera que los reyes de Aragón están obligados a recibir la unción en Zaragoza, que es la cabeza del reino de Aragón, el cual reino es nuestra principal designación (apellido) y título, consideramos conveniente y razonable que, del mismo modo, en ella reciban los reyes de Aragón el honor de la coronación y las demás insignias reales..." Zaragoza se convierte, pues, en la capital política de la Corona de Aragón, pero no en residencia real. Zaragoza es la elegida para las coronaciones y demás actos solemnes.
          Pero los sucesores de Pedro II no aceptan la infeudación, y además tampoco aceptaron el recibir la corona de la Santa Sede, sino lo consideraron un derecho propio, autocoronándose.
           El hijo de Pedro II, Jaime I repudió la infeudación, no pagó el censo, y no aceptó que el papa le permitera coronarse. Y por tanto Jaime I nunca se coronó.
           Su hijo Pedro III sí fue coronado en la catedral de Zaragoza y reune a los nobles sin contar con el permiso del papa. Demuestra que es libre de recibir la corona donde le plazca y ser coronado por quien le plazca. Pero además declara públicamente que él no era vasallo del papa. Esta postura enérgica y honesta frente a la Santa Sede le traerá malas consecuencias en los años posteriores, hasta el punto de ser excomulgado, pero a todas las dificultades se enfrentó y venció.
          Su hijo Alfonso III coronado el 9 de abril de 1286 en Zaragoza, se desmarca aún más y redacta un documento dode declara que la corona que recibe de las manos del obispo de Huesca, no la recibe de él como representante de la Iglesia de Roma, ni para la Iglesia, ni contra la Iglesia.
          Pedro IV, años después, compila la coronación con la idea de dar mayor solemnidad, y la acaba en 1353. Intenta un equilibrio entre la solemnidad y ritualidad. Pero fundamentalmente trata de evitar la confrontación con la Santa Sede haciendo separación entre jurisdicciones. Regula que la unción le corresponde a la Iglesia, pero deniega que la espada sea recibida de manos eclsiásticas. El astuto Pedro IV pretende con ello sentar el criterio de que el rey recibe el poder directamente de Dios.
          Los símbolos de la monarquía son:
                    La espada, significa el poder y la independencia del papa. En la ceremonia el rey la toma del altar y se la ciñe.
                      La corona, es el símbolo del poder divino.
                      El cetro, símbolo de la justicia.
                      El pomo, simboliza las tierras que Dios ha entregado al rey para su gobierno y defensa.
                      El trono, que siempre está en alto, simboliza la soberanía.
          Ceremonia.
               Empieza la semana anterior al domingo de la coronación con el ayuno del rey el miércoles, viernes y sábado. El domingo, antes de la ceremonia, oia una misa privada, se bañaba, se ponía una túnica, una dalmática blanca y una esclavina púrpura.
               Está en el palacio de la Aljafería donde come. Por la tarde sale de la Aljafería hacia la Seo de San Salvador.
               La comitiva la abren los hijos de los caballeros con las espadas, después un rico-hombre aragonés con la espada del rey, detrás el rey montado en un caballo seguido de los nobles y de aquellos que van a ser armados caballeros.
               Una vez entra en la Seo, cierran la puerta y solo quedan dentro el rey y los caballeros que velarán sus armas.
               Al amanecer entran en la sacristía el arzobispo y otros eclesiásticos. Aquí viene el rey para ser vestido como clérigo, con una camisa, túnica, alba, estola, otra túnica de seda y dalmática de terciopelo rojo con la señal real.
               El rey es armado caballero y   blande la espada tres veces: la primera es el desafío a los enemigos de la religión, la segunda  lo hace en defensa de los desamparados y la tercera es el compromiso de mantener la justicia. El arzobispo le invita a ceñirse la espada, y aquel la coge colocándola en el altar.
               Todo está ya dispuesto para la misa y con la lecturade la Epístola es el verdadero comienzo de la coronación.
               Esta se inicia con la unción, y el arzobispo dice: "Te unjo como rey en nombre del Padre y del Hijo y del Espiritu Santo".
               Tras la unción, la recepción de la corona. El rey se la coloca y  evita que nadie la toque. Después va cogiendo del altar los símbolos reales: cetro en la mano derecha y pomo en la izquierda. Sube al trono y desde allí oye el Evangelio.
                Acabada la misa, el rey sale del templo con dos soldados delante que portan los símbolos reales. Y así se dirige a la Aljafería seguido por los caballeros y las delegaciones llegadas de todos los puntos de la Corona.
               Al llegar a la Aljafería se introduce en sus aposentos y se quita las vestimentas, preparándose para asistir a las fiestas de la coronación.
          Se trataba, pues, de una ceremonia de gran solemnidad, posiblemente muy vistosa e indudablemente muy simbólica.
                          BIBLIOGRAFÍA
                        ANTONIO DURÁN GUDIOL. El rito de la cotonación del rey de Aragón.
                                   JOSE MARÍA RAMOS LOSCERTALES. Instituciones políticas del reino de Aragón hasta el advenimiento de la Casa Catalana. (Estudios de Edad Media de la Corona de Aragón. Volumen X)
                                   CARMEN ORCÁSTEGUI GROS. Coronación de los reyes de Aragón.
                                   BONIFACIO PALACIOS MARTÍN.  Ceremonial de consagración y coronación de los reyes de Aragón.
                                   MODESTO LAFUENTE. Historia General de España. Volumen I.
                                   A. MARICHALAR. Historia de la legislación y recitaciones del reino de Aragón.
                                   JERÓNIMO ZURITA. Anales de la Corona de Aragón.
                                   VÍCTOR BALAGUER. Historia de Cataluña y de la Corona de Aragón.
                                   DIONISIO  ALDAMA- MANUEL GARCÍA GONZÁLEZ. Historia General de España.
                     
              
                        



































sábado, 16 de agosto de 2014


                            ESCUDO  Y  BANDERA  DE  HUESCA.

                            ESCUDO.
          En el siglo XIII usaba como armas un muro de sillar triplemente torreado sobre cuyo bastión central se veia una muesca, hendidura en V practicada sobre un rectángulo o paralelepípedo, hendiendo desde sus extremos superiores hasta el centro de su base. Muesca que parece aludiría al Salto de Roldán, peña quebrada cercana a la ciudad. Sobre cada torre lateral y la muesca, una estrella. Las armas, en la Edad Media, se completaron con la concreción de sus colores (tipos en plata y campode gules) y la adición de la leyenda VRBS VICTRIX OSCA.
            Desde finales del siglo XVI el escudo muestra, en campo de esmalte (hay ejemplares en azur, gules o amarillo, pero el adoptado por el Ayuntamiento es azur con bordura de gules), jinete armado, sin silla, estribos, frenos ni riendas, asido con la mano izquierda a las crines de un caballo con las manos levantadas, mirando a levante. En la diestra lleva una lanza inclinada hacia el suelo. En el cantón diestro del jefe, una muesca de plata igual que el jinete. Bajo la terraza de apoyo al caballo, en faja, el mote V.V. OSCA sobre campo de plata. 
              Timbrado de corona real abierta.

                    El Ayuntamiento de Huesca en edicto de 19 de octubre de 2009 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 200 establece de forma definitiva que el escudo es cuadrilongo de base dircular. En campo de azur, jinete lancero en posición de ataque, sobre corcel elanzado, desguarnecido y contornado, apoyado sobre listel recortado, bajo el cual va el lema: V.V. OSCA, todo de plata. En cantón diestro del jefe, muesca del mismo metal. Filiera cosida, de gules. Al timbre, Corona Real Abierta.
               A propuesta del Consejo Asesor de Heráldica y simbología de Aragón y en consideración a los méritos adquiridos por la Ciudad de Huesca a lo largo de su historia, notablemente desarrollada por su ciudadanía, y las muestras fehacientes de vigor institucional y cultural, le son concedidos, como signos "ad honorem", un ramo de palma, de oro, y otro de laurel, de sínople, completando su Escudo de Armas, de modo que sirvan, en uno y otro caso, de testimonio y ejemplo de su importante constancia en el desarrollo cultural y del triunfo en su actividad institucional.  
               El Escudo habrá de figurar:
                    En las banderas de la ciudad de Huesca que ondeen en el exterior de los edificios municipales.
                    En los títulos acreditativos de honores, distinciones y condecoraciones, y en los distintivos y at
                    ributos usados por las autoridades y funcionarios o trabajadores.
                    En los sellos de uso oficial.




                   BANDERA.
          Es cuadrada, ya que era un estandarte de batalla.
          Sus elementos son:
               Cruz o aspa roja de San Andrés.
               Una serie de motivos de carácter geométrico en colores blanco, rojo, amarillo y verde.
          Su origen último está en Borgoña, llegando a España con Carlos I.
         En los siglos XVI y XVII las compañías formadas por vecinos de Huesca que el Concejo reclutaba en caso de guerra o peligro grave salían de campaña llevando banderas muy similares a la actual.

          En esta época Huesca contaba con otra bandera o estandarte: la del Ángel Custodio. La capilla de la Casa Consistorial estaba bajo la advocación de la Virgen de los Ángeles.

          Por edicto del Ayuntamiento de Huesca de 19 de octubre de 2009 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 200, se describe así:
            Paño con figuras geométricas verdes y amarillas, una cruz de San Andrés (dos troncos rojos puestos en aspa cargados en su centro de escudo blanco, con inscripción VV/ OSCA), al centro, y orla formada por triángulos rojos y blancos, aquellos con el vértice hacia el centro y estos apuntando hacia fuera.
          La bandera de la ciudad de Huesca ondeará en la fachada de la Casa Consistorial y en el resto de edificios públicos municipales, ocupando igualmente en el interior de los mismos un lugar preferente, junto con la bandera de España, que ocupará lugar preeminente y de máximo honor y la bandera de Aragón.
          El tamaño de la bandera de Huesca no podrá ser mayor que la de España ni la de Aragón, ni inferior al de otras banderas cuando se utilicen simultáneamente.
          Estará en lugar destacado en el Salón de Plenos y en los despachos nobles y oficiales de la Alcaldía- Presidencia, despachos oficiales de las tenencias de Alcaldía y de las Portavocías de los Grupos Políticos Municipales, acompañando a las demás banderas oficiales.                     Sobre la bandera no se podrán incluir siglas ni estampar símbolos que representen partidos, sindicatos, asociaciones u otro tipo de entidades.











                                     

lunes, 4 de agosto de 2014



                                  EL  COMPROMISO  DE  CASPE.

           Fue la forma de solucionar el grave problema que se planteó en la Corona de Aragón tras la muerte de Martín I, el 31 de mayo de 1410, sin sucesión directa.
          La desgracia se cebó con Aragón pues el infante Martín, hijo de Martín I murió de paludismo en Cerdeña en 1409.  Pero este infante estuvo casado con la reina de Sicilia de la que tuvo un hijo, que murió siendo niño. Al quedarse viudo casó con Blanca de Navarra, futura reina de Navarra, con la que tuvo otro hijo que también murió siendo niño. Y el único hijo que dejó Martín de Sicilia, Federico de Luna, era producto de sus relaciones con Tarzia Rizzari.
          Para evitar los desgraciados sucesos que se preveían si Martín I moría sin sucesión, contrajo matrimonio en septiembre de 1409 con Margarita de Prades, dama de la difunta reina María de Luna, pero fue en vano, no hubo descendencia.



         

          Reunidas las Cortes en Barcelona y sabiendo de la gravedad del rey le enviaron una embajada para saber a quien nombraba heredero y sucesor. A todas las instancias de los embajadores de las Cortes no contestó otra cosa, sino que le sucediese en el trono quien mejor derecho tuviese. La condesa, madre del conde de Urgel, en voz alta, llegándole la mano al pecho, le dijo, que la sucesión de los reinos era debida a su hijo, y que injustamente se la quería quitar con sus dilaciones.
          Mientras, las Cortes de Aragón, Cataluña y Valencia trataban de ponerse de acuerdo para la elección del nuevo rey. Pero las banderías en Aragón y Valencia lo hicieron imposible.
          En este intervalo ocurrió un hecho incalificable, Antón de Luna, jefe de la facción urgelista en Aragón, asesinó en Almunia de Doña Godina al arzobispo de Zaragoza, García Fernández de Heredia, partidario de Fernando de Antequera. Jaime de Urgel, en vez de desautorizar al asesino le envía socorros. La nobleza aragonesa no aceptó este asesinato y se desencadenó una guerra civil. La candidatura del de Urgel se hizo así imposible en Aragón.
          Los estamentos aragoneses, reunidos en Calatayud elaboran la llamada "Concordia de Calatayud", aceptada por los representantes de Cataluña y Valencia, proponiendo la reunión de los tres parlamentos por separado, pero en lugares vecinos, y que cada uno nombrase delegados para establecer las pautas y proceder a la designación de sucesor según la justicia.
          Esta idea acabó por prevalecer. En los día 15 y 16 de febrero de 1412, reunidos en la iglesia de Alcañiz, se aprobó por síndicos de los tres reinos, la Concordia, que contenía veintiocho capítulos, que compendiamos: 
              Que la decisión sobre el problema se sometiese a la decisión de nueve personas de conciencia pura y buene fama.
               Cada parlamento propondrá una lista de nueve personas y por acuerdo saldría la lista definitiva.
           La decisión final se adoptará por unanimidad o, si no es posible, por un mínimo de seis votos favorables, siempre que haya al menos, uno de cada reino o condado.
               Que el fallo  debían darlo los jueces desde el 29 de marzo al 29 de mayo. El fallo será inapelable.
               Que los competidores serían oidos a medida que se presentasen.
              Que la reunión de los nueve compromisarios se realizará en la villa de Caspe. Se nombrarán tres capitanes, uno aragonés, otro catalán y otro valenciano para guardas del castillo.
               Que los parlamentos de los tres reinos no se disolviesen hasta la publicación de la sentencia, y que debiesen reconocer por legítimo al rey que los nueve jueces declarasen.

          Los pretendientes a los que se invitó fueron:
               Jaime conde de Urgel, nieto de Jaime conde de Urgel y bisnieto de Alfonso IV. Estaba casado con la infanta Isabel de Aragón, hija de Pedro IV y Sibila de Fortiá.
                  Alfonso duque de Gandía, nieto de Jaime II.
               Fernando de Antequera, hijo de Leonor, hija de Pedro IV, casada con Juan I de Castilla. Era hermano de Enrique III de Castilla.
                   Luis de Anjou, duque de Calabria, hijo de Violante de Aragón y nieto del rey Juan I de Aragón.
                   Fadrique de Aragón, conde de Luna, hijo legitimado de Martín de Sicilia y nieto de Martín I.
             Compromisarios. 
          Fueron elegidos por el justicia de Aragón y el Gobernador de Aragón (Cerdán y Lihori) y aprobados por una junta de veinte y cuatro personas  nombrada por el parlamento de Tortosa, los siguientes compromisarios:
          Por Aragón:
                  Domingo Ram, obispo de Huesca.
              Francisco de Aranda, antiguo consejero real y retirado de la vida política en la Cartuja de Portaceli. Natural de Teruel.  
                  Berenguer de Bardají, letrado del parlamento aragonés, especialista en derecho.
          Por Cataluña:
                  Pedro de Sagarriga, arzobispo de Tarragona, doctor en derecho civil y canónico.  
                  Guillén de Vallseca, letrado del parlamento catalán. Por su edad avanzada participó poco en los debates.
             Bernardo de Gualbes, de la burguesía barcelonesa, síndico y conseller de la Ciudad. Fue embajador de Benedicto XIII en el Concilio de Pisa de 1409.
           Por Valencia:
                   Bonifacio Ferrer, prior de la Cartuja de Portaceli, doctor en cánones.
                   Vicente Ferrer, dominico, maestro en teología.
                Ginés Rabasa, doctor en leyes, consejero de Pedro IV. Fue considerado inepto por padecer enajenación mental y le sustituyó
                    Pedro Beltrán, ciudadano de Valencia, experto en leyes.
          Pesaron factores externos en la elección de los compromisarios. Entre ellos,la influencia de Benedicto XIII.

        En 1411 Mallorca eligió tres representantes que acudieron a Alcañiz para negociar con los aragoneses, pero estos exigieron la exclusión del Reino de Mallorca de las negociaciones y de la representación en el Compromiso de Caspe, exigencia a la que Cataluña cedió.
         El 12 de abril de 1412 los jurados quedaron instalados en Caspe.
       El 17 de abril comenzaron a escuchar las declaraciones de los abogados de cada uno de los candidatos y a analizar la documentación. y cuando se consideraron suficientemente enterados se encerraron en el castillo para deliberar y sentenciar. 
          El 24 de junio se procedió a la votación.
          El primero en votar fue Vicente Ferrer: "Que Dios y en conciencia declaraba que la Corona de Aragón pertenecía al infante Fernando, como nieto de Pedro IV y sobrino de Martín I, y por consecuencia el más inmediato pariente de este monarca". Domingo Ram, Bonifacio Ferrer, Berenguer de Bardají, Bernardo de Gualbes y Francisco de Aranda con Vicente Ferrer. Limitándose a decir cada uno: "en todo y por todo me adhiero al dictamen del maestro Vicente".
             Así pues, estos constituían los seis votos necesarios para der válida la declaración.
             El arzobispo de Tarragona dijo: "Que si bien la elección del infante Fernando la creia preferible para los pueblos en aquellas circunstancias, sin embargo, en Dios, en justicia y en conciencia creia que el duque de Gandía y el conde de Urgel, como varones legítimos y descendientes por linea varonil de la prosapia de los reyes de Aragón, eran mejores en derecho, y que a uno de ellos pertenecía la sucesión de la Corona; pero por ser iguales en grado de parentesco con el postrer rey, creía que podía y debía ser preferido el que fuese más idóneo y útil a la república".
             Guillermo de Vallseca se unió al parecer del obispo, declarando además, que tenía por más idóneo al conde de Urgel y debía ser antepuesto al duque de Gandía.
             Y por fin, Pedro Beltrán, se excusó de dar su parecer por no haber tenido tiempo, desde el 18 de mayo que llegó a Caspe para discernir la justicia con segura conciencia.
              La proclamación de la sentencia se hizo el 28 de junio de 1412.
           Cerca de la iglesia de Caspe se hizo un tablado engalanado, con asienntos para los jueces y los embajadores de los pretendientes; un altar se elavaba bajo el portal de la iglesia. A las nueve de la mañana los capitanes desplegaron a sus hombres, tremoló Martín Martínez de Marcilla el estandarte real de Aragón, sonaron las trompetas y aparecieron los nueve jueces.
           Celebró la misa el obispo de Huesca y Vicente Ferrer predicó un largo y elocuente sermón, terminado el cual se leyó la sentencia dada por los compromisarios, por la que se declaraba: "Que los parlamentos, súbditos y vasallos de la Corona de Aragón debían prestar su fidelidad al ilustrísimo, excelentísimo y poderoso príncipe y señor Fernando, infante de Castilla, y a él habían de tener por verdadero rey y señor".
                 La sentencia fue recibida satisfactoriamente en Aragón, no tanto en Valencia y mucho menos en Cataluña. Sin embargo, fue generalmente aceptada.
                El nuevo rey que esperaba en Cuenca, acudió a Zaragoza en los primeros días de agosto de 1412 y el  día 5, en las Cortes, juró guardar los fueros y libertades aragonesas.
                 La tarea que esperaba al rey era ingente y dificil. En Aragón, Cataluña y Valencia, las banderías se repartían ciudades y villas, y comienza la rebelión del conde de Urgel.
                 Pero esto es ya otra historia.
        



                          

 






  







jueves, 31 de julio de 2014



                          PRIVILEGIO  GENERAL  DE  ARAGÓN

          En septiembre de 1283, Pedro III convocó Cortes en Tarazona en un momento de enorme descontento en Aragón por la guerra de Sicilia y la próxima con Francia, por la excomunión dictada por el papa y muy especialmente en el secretismo para declarar y proseguir las guerras y la imposición de nuevos tributos y servicios.
          Problema que se agudiza con Pedro III pero que ya se había iniciado con su padre Jaíme I, contrario a otorgar privilegios pero sí dispuesto a aumentar el poder real. En las Cortes les presentaron sus agravios y desafueros, le piden celebrar consejo para la guerra de Sicilia y la próxima con Francia. el rey se negó rotundadamente  y entonces las Cortes pidieron que como no guardaba los fueros, costumbres, usos, privilegios y libertades propias de los aragoneses, que volviese a jurar. El rey de nuevo se niega y los aragoneses se preparan para defender sus libertades.
          Los ricos-hombres se unen a la clase popular y juran defender juntos sus privilegios, franquezas y libertades, acordando que si el rey intenta castigar a alguno de los juramentados sin sentencia del Justicia Mayor de Aragón, se desligarían del rey y proclamarían a su hijo Alfonso, y si este se negase a enfrentarse a su padre se actuaría igual contra él y toda la dinastía.
          Ante esta postura de los aragoneses y la dificil situación por la que pasaba, Pedro III se compromete a que en las próximas Cortes de Zaragoza quedarían solucionadas todas las desavenencias.

          En las Cortes de Zaragoza de octubre de 1283 celebradas en la iglesia de los Predicadores se presentaron los casos de agravio y desafuero cometidos por el rey y se pidió:
        Que se confirmaran los fueros.
        Que no se actuase contra persona alguna sin requerimiento de parte.
        Que el rey no pudiese poner jueces ni justicias en los lugares que no eran de realengo, y las apelaciones se fallasen dentro del reino.
        Que los jueces fuesen naturales de Aragón.
        Que se devolviese la propiedad a los que habían sido despojados injustamente.
        Que en la declaración de guerra hubiese en el consejo del rey ricos-hombres, caballeros, mesnaderos, infanzones y procuradores de ciudades y villas.
        Que los aragoneses usasen de la sal que quisiesen.
        Que se aboliese la "quinta" tributo que se cobraba por las cabezas de ganado.
            Tales eran las peticiones y Pedro concedió  todo lo que se le pidió por necesidad. El reino exigió a Pedro que jurase y confirmase en general y en particular los fueros, costumbres, usos, franquicias y libertades, que eran ya derecho consuetudinario, siendo la sanción real la forma de hacerlo obligatorio para la Corona.
            De esta forma nace el Privilegio General de Aragón, en que se confirma el ordenamiento jurídico aragonés y se devuelven los derechos y libertades de los que habían sido despojados ricos-hombres, mesnaderos, caballeros, infanzones y ciudadanos.
            Es posiblemente una constitución de las más avanzadas de Europa en su momento.
        Descrito de forma breve nos dice:
               Que se restituyan los bienes de los que algunos habían sido despojados en tiempo de Jaime I.
               Que a las escrituras reales se les ponga precio.
               Se anula el decreto del rey que prohibía matar corderos.
               No se haría contra nadie inquisición de oficio, sino solamente de parte perjudicada.
               Que en Aragón solo hayan jueces aragoneses, sin que puedan salir de Aragón las apelaciones.
               El rey debe jurar la observancia de los fueros.
             El rey tiene que contar con el consejo de todos los grupos sociales para declaración de guerra y paz.
            Que los dueños de salinas puedan usar de ellas libremente, prohibiendo el monopolio real y las ventas forzadas.
            El rey tiene que respetar los señoríos, no puede juzgar dentro de los que correspondan a los señores.
               El rey no puede embargar honores de ricos-hombres si no hay una causa justificada.
               El rey está obligado a tomar bajo su protección a la mujer, hijos, vasallos y bienes de los nobles que se desnaturalizan de Aragón.
               Se concede libertad para el establecimiento de alhóndigas y prohibición de las casas de juego.
               Los judíos no podrán ser bayles.
               Prohibición de imponer nuevos peajes y monedajes, no pudiendose prohibir la libre circulación de gentes por Aragón.
               Desaparece el impuesto de la "quinta" sobre el ganado.
               Se establece la libertad de comercio.
               El rey no puede actuar a su voluntad sino siempre ateniendose a las leyes forales.
               El rey tiene que celebrar Cortes Generales cada año.
               Se tiene que respetar a cualquiera persona demandada cuando se ha comprometido a comparecer en juicio.
               Los ricos-hombres no están obligados a servir al rey fuera de Aragón ni pasar el mar.
             La administración de justicia debe ser gratuita por lo que los jueces no podrán tomar salario de ninguna de las partes.
               Se limita el poder de los oficiales reales.
               El Justicia de Aragón juzgará todos los asuntos que vayan a las Cortes.
            Se anulan todas las ordenanzas sobre derechos de aduanas hechas por el rey y estas leyes solo podrán dictarse en las Cortes.
          El documento transmite que el rey Pedro confirma de forma perpetua los fueros, usos y costumbres de Aragón. El rey presta juramento de cumplir con todo lo anterior. Se cierra con el signo del rey Pedro III, la mención de los testigos y el signo del escribano.
           Formalmente es una concesión unilateral del monarca, aunque de hecho es una imposición de los aragoneses. La situación de Pedro III llegó a ser humillante. Y consecuencia de ello fueron los embates del rey. Causa importante de disensión fue la enemistad personal del rey con el Justicia Pedro Martinez de Artasona, principal alma de la resistencia. El rey lo destituyó y nombró en su lugar a Juan Gil Tarín. Los partidarios de Artasona lo defendieron en las Cortes de 1285, negando al rey autoridad para separar al Justicia. Pero el asunto quedó indeciso por la invasión francesa de Cataluña, acordando todos los ricos-hombres, mesnaderos e infanzones acompañar al rey para rechazar la invasión, dejando aparcado el asunto del Jussticia.
          Parte importante de este Privilegio General era en exclusiva para la nobleza y otra parte de él es más general ya que coloca a Aragón bajo el imperio de la ley frente al imperio del monarca.
          La infracción de este Privilegio General en el reinado  del hijo de Pedro III, Alfonso III, junto a la soberbia de la nobleza, fueron la causa de los Privilegios de la Unión. Que a su vez motivó un periodo de guerras y alteraciones que ensombrecieron la vida de Aragón durante muchos años.
          En las Cortes de agosto de 1325 en Zaragoza durante el reinado de Jaime II, se pidió al rey que mandase guardar el Privilegio General que había sido infringido en alguna de sus partes. El 1 de septiembre de 1325 Jaime II hizo confirmación explícita del Privilegio General, reformando alguna de sus disposiciones e incorporando otras nuevas.
          Las reformas fueron:
             En la prohibición absoluta de proceder por pesquisa, se introdujo la excepción del crimen de moneda falsa.
                  En las salinas se impusieron, tanto a las reales como a las particulares, unos límites fijos dentro de los cuales se debía consumir la sal de cada una.
                  Los mesnaderos tenían sobre la mesnada los mismos derechos que los ricos-hombres sobre los honores.
                  Los caballeros no podrán perder, salvo con justa razón, la tierra de honor que tuviesen de los ricos-hombres.
                   Que no se estableciesen nuevos peajes.
                   El rey se compromete a no nombrar jueces comisionados.
                   Se arreglan las tarifas de los escribanos.
                   Que por injuria verbal solo se pudiese exigir multa de sesenta sueldos.
                   Queda abolida la confiscación de bienes por suicidio, limitándose a solo en caso de traición.
                   El tromento solo se podría utilizar en caso del crimen de moneda falsa y también en hombre vagabundo que no fuese natural de Aragón.

          En las Cortes de octubre de 1348 Pedro IV deroga los Privilegios de la Unión y acuerda que el Privilegio General de 1283 y su modificación de 1325 sea tenido como Fuero.
             Se confirman así las libertades del Reino, estableciendo el juramento que el rey debe hacer de observar y conservar los fueros, privilegios, libertades, usos y costumbres del reino de Aragón.
              
               
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sábado, 5 de julio de 2014


                         BODA  DE  URRACA  DE  CASTILLA  Y  ALFONSO  DE  ARAGON.
            Alfonso I, llamado el Batallador, fue rey de Aragón por pura casualidad. Tuvo que morir su hermano mayor Pedro I sin descendencia para acceder al trono. Esto ocurría en el año 1104.
            En el año 1108 muere Sancho infante de Castilla, único hijo varón del rey Alfonso VI, que viejo y enfermo, ve peligrar la estabilidad de sus reinos al tener que dejarlos en manos de su hija Urraca; y entonces alumbra la idea de casarla con Alfonso de Aragón. Ella tenía 28 años y un hijo habido con su primer marido Raimundo de Borgoña. Él cuenta co 35 años y siempre ha sido soltero.
            La boda se celebra el año 1109 en el astillo de Muñó. Y es en diciembre de este año cuando los esposos firman los documentos de arras y donación que en condiciones normales hubiesen dado estabilidad a los  reinos.

            CARTA DE ARRAS QUE ALFONSO CONCEDE A URRACA.
            Alfonso I de Aragón y Navarra concede carta de arras a su esposa la reina Urraca de Castilla y León, dotándola con las dominicaturas y honores de Estella, Ejea, Huesca, Montearagón, Bespén, Barbastro, Naval y Jaca y dándole a elegir entre las villas de Sos y Uncastillo.
            Y además de esto convengo contigo que si Dios omnipotente me diese un hijo de ti, y yo muriese y tu me sobrevivieses, que tu y mi hijo tengais todas mis tierras que hoy tengo y en lo futuro conquiste con la ayuda de Dios, tanto yermo como poblado.
            Que si no tuviese hijo de ti y me sobrevives, que sea para ti toda mi tierra, y que la tengas ingenua y libre, como propia heredad, para hacer allí tu voluntad después de mis días.
            Y todo esto sobredicho con tal condición te la doy: que me tengas honorablemente, como buene mujer debe hacer a su buen señor. Y si quieres partir de mi, sin mi voluntad, que todos los hombres de tu tierra y de la mia se aparten de ti; y que todos me atiendan con todas las honores que tuviesen, y que me sirvan con fidelidad y verdad, sin engaño.
            Siguen los juramentos de la reina de cumplir todas las condiciones estipuladas.

              CARTA DE DONACIÓN QUE OTORGA URRACA A ALFONSO.
            Le entrega  toda la tierra que fue del rey Alfonso (VI) (su padre) tanto en yermo como en poblado, la que tenía y en lo sucesivo pudiera tener. Y acuerda que:
           Si Dios omnipotente me diese un hijo de ti, y tu me sobrevivieses, que tengais toda mi tierra tu y el hijo que de mi tuvieseis.
            Que si no tuviese hijo de ti (y me sobrevivieses), de la misma forma  que sea para ti toda mi tierra, y que la tengas ingenua y libre, como propia heredad, para hacer allí toda tu voluntad durante tu vida; y después de tus días que quede para mi hijo.
            Me tengas honorablemente, como buen marido debe hacer  a su buena mujer. Y que no me dejes por parentesco, ni por excomunión, ni por causa alguna. Y si no me tienes honorablemente como buen hombre debe tener a su mujer y no convives conmigo, que los hombres de mi tierra y de la vuestra se vuelvan a mi y no a ti mientras me indeseeis. Que si me dejas, que todos los de vuestra tierra y de la mia me atiendan con todas las honores que tuviesen, y que me sirvan con fidelidad y verdad, sin engaño.
            Se incluye luego el caso contrario, si la reina fuese la incumplidora, con penas semejantes a las anteriores. 

            Pero el matrimonio fue un absoluto fracaso, pero un fracaso anunciado. La antipatía entre ellos, desde el principio, era mutua. Urraca, que hubiese querido casarse con el conde Gómez González, tacha a Alfonso de sanguinario y tirano. Fallaron totalmente las relaciones matrimoniales. Urraca, mujer casquivana, con unas relaciones algo más que estrechas con los condes Gómez González y Pedro González de Lara, e inconstante en todas sus empresas, se enfrenta a un Alfonso poco inclinado al sexo femenino, posiblemente homosexual, autoritario, brusco y con una falta total de habilidad política.
            Pero si esto no hubiera sido bastante, se encuentran en el centro de un huracán de envidias, odios, resentimientos y sobre todo de intereses..
            Interés de la alta nobleza y clero por mantener sus privilegios que veian peligrar por el apoyo de Alfonso a la baja nobleza y a la burguesía ciudadana.
            En la Carta de Donación, Urraca deshereda a Alfonso, hijo de su primer matrimonio. Aparecen nevos enemigos, la nobleza y el clero gallego que se ponen al lado del infante.
            A la burguesía le concede fueros y privilegios con garantías y libertades que iban en detrimento del pago de impuestos que eran la base del poder de la aristocracia feudal. Por esta misma causa, el clero francés, traído y protegido por Raimundo de Borgoña primer marido de Urraca y  asentado en el Camino de Santiago, ve disminuir sus inngresos y su poder.
            Por tanto Alfonso se encuentra enfrentado al alto clero, al clero francés, a la alta nobleza y a los nobles gallegos. Por en contrario, tuvo el apoyo de la baja nobleza y de las ciudades.
            No obstante estas fuertes oposiciones, creo que Alfonso y Urraca hubiesen triunfado si hubiesen constituído un verdadero matrimonio. Algo similar les ocurrió a Isabel I de Castilla y a Fernando II de Aragón, también una unión de aragones y castellana, pero aquí además de un matrimonio bien avenido fueron el ejemplo de la habilidad y el genio político, y la unión de los reinos se llevó a cabo.
            La reunión en 1114 del episcopado castellano-leonés acuerda que los cónyuges eran consanguíneos (como si no lo hubiesen sabido antes de casarse) y por tanto deben separarse o serán excomulgados. Alfonso repudia a Urraca y da fin a este desastre. Y a partir de este momento se consagra a los asuntos de Aragón.
            Esta unión de principios del siglo XI pudo haber adelantado los acontecimientos que se desarrollaron a finales del siglo XV. Y cómo hubiera cambiado la historia de España.

                  BIBLIOGRAFÍA
            ANTONIO UBIETO ARTETA. Los esponsales de la reina Petronila y la creación de la Corona de Aragón.
            JOSÉ MARÍA RAMOS LOSCERTALES. La sucesión del rey Alfonso VI.
            JOSÉ ÁNGEL SEMA PUEYO. Colección diplomática de Alfonso I.