lunes, 4 de agosto de 2014



                                  EL  COMPROMISO  DE  CASPE.

           Fue la forma de solucionar el grave problema que se planteó en la Corona de Aragón tras la muerte de Martín I, el 31 de mayo de 1410, sin sucesión directa.
          La desgracia se cebó con Aragón pues el infante Martín, hijo de Martín I murió de paludismo en Cerdeña en 1409.  Pero este infante estuvo casado con la reina de Sicilia de la que tuvo un hijo, que murió siendo niño. Al quedarse viudo casó con Blanca de Navarra, futura reina de Navarra, con la que tuvo otro hijo que también murió siendo niño. Y el único hijo que dejó Martín de Sicilia, Federico de Luna, era producto de sus relaciones con Tarzia Rizzari.
          Para evitar los desgraciados sucesos que se preveían si Martín I moría sin sucesión, contrajo matrimonio en septiembre de 1409 con Margarita de Prades, dama de la difunta reina María de Luna, pero fue en vano, no hubo descendencia.



         

          Reunidas las Cortes en Barcelona y sabiendo de la gravedad del rey le enviaron una embajada para saber a quien nombraba heredero y sucesor. A todas las instancias de los embajadores de las Cortes no contestó otra cosa, sino que le sucediese en el trono quien mejor derecho tuviese. La condesa, madre del conde de Urgel, en voz alta, llegándole la mano al pecho, le dijo, que la sucesión de los reinos era debida a su hijo, y que injustamente se la quería quitar con sus dilaciones.
          Mientras, las Cortes de Aragón, Cataluña y Valencia trataban de ponerse de acuerdo para la elección del nuevo rey. Pero las banderías en Aragón y Valencia lo hicieron imposible.
          En este intervalo ocurrió un hecho incalificable, Antón de Luna, jefe de la facción urgelista en Aragón, asesinó en Almunia de Doña Godina al arzobispo de Zaragoza, García Fernández de Heredia, partidario de Fernando de Antequera. Jaime de Urgel, en vez de desautorizar al asesino le envía socorros. La nobleza aragonesa no aceptó este asesinato y se desencadenó una guerra civil. La candidatura del de Urgel se hizo así imposible en Aragón.
          Los estamentos aragoneses, reunidos en Calatayud elaboran la llamada "Concordia de Calatayud", aceptada por los representantes de Cataluña y Valencia, proponiendo la reunión de los tres parlamentos por separado, pero en lugares vecinos, y que cada uno nombrase delegados para establecer las pautas y proceder a la designación de sucesor según la justicia.
          Esta idea acabó por prevalecer. En los día 15 y 16 de febrero de 1412, reunidos en la iglesia de Alcañiz, se aprobó por síndicos de los tres reinos, la Concordia, que contenía veintiocho capítulos, que compendiamos: 
              Que la decisión sobre el problema se sometiese a la decisión de nueve personas de conciencia pura y buene fama.
               Cada parlamento propondrá una lista de nueve personas y por acuerdo saldría la lista definitiva.
           La decisión final se adoptará por unanimidad o, si no es posible, por un mínimo de seis votos favorables, siempre que haya al menos, uno de cada reino o condado.
               Que el fallo  debían darlo los jueces desde el 29 de marzo al 29 de mayo. El fallo será inapelable.
               Que los competidores serían oidos a medida que se presentasen.
              Que la reunión de los nueve compromisarios se realizará en la villa de Caspe. Se nombrarán tres capitanes, uno aragonés, otro catalán y otro valenciano para guardas del castillo.
               Que los parlamentos de los tres reinos no se disolviesen hasta la publicación de la sentencia, y que debiesen reconocer por legítimo al rey que los nueve jueces declarasen.

          Los pretendientes a los que se invitó fueron:
               Jaime conde de Urgel, nieto de Jaime conde de Urgel y bisnieto de Alfonso IV. Estaba casado con la infanta Isabel de Aragón, hija de Pedro IV y Sibila de Fortiá.
                  Alfonso duque de Gandía, nieto de Jaime II.
               Fernando de Antequera, hijo de Leonor, hija de Pedro IV, casada con Juan I de Castilla. Era hermano de Enrique III de Castilla.
                   Luis de Anjou, duque de Calabria, hijo de Violante de Aragón y nieto del rey Juan I de Aragón.
                   Fadrique de Aragón, conde de Luna, hijo legitimado de Martín de Sicilia y nieto de Martín I.
             Compromisarios. 
          Fueron elegidos por el justicia de Aragón y el Gobernador de Aragón (Cerdán y Lihori) y aprobados por una junta de veinte y cuatro personas  nombrada por el parlamento de Tortosa, los siguientes compromisarios:
          Por Aragón:
                  Domingo Ram, obispo de Huesca.
              Francisco de Aranda, antiguo consejero real y retirado de la vida política en la Cartuja de Portaceli. Natural de Teruel.  
                  Berenguer de Bardají, letrado del parlamento aragonés, especialista en derecho.
          Por Cataluña:
                  Pedro de Sagarriga, arzobispo de Tarragona, doctor en derecho civil y canónico.  
                  Guillén de Vallseca, letrado del parlamento catalán. Por su edad avanzada participó poco en los debates.
             Bernardo de Gualbes, de la burguesía barcelonesa, síndico y conseller de la Ciudad. Fue embajador de Benedicto XIII en el Concilio de Pisa de 1409.
           Por Valencia:
                   Bonifacio Ferrer, prior de la Cartuja de Portaceli, doctor en cánones.
                   Vicente Ferrer, dominico, maestro en teología.
                Ginés Rabasa, doctor en leyes, consejero de Pedro IV. Fue considerado inepto por padecer enajenación mental y le sustituyó
                    Pedro Beltrán, ciudadano de Valencia, experto en leyes.
          Pesaron factores externos en la elección de los compromisarios. Entre ellos,la influencia de Benedicto XIII.

        En 1411 Mallorca eligió tres representantes que acudieron a Alcañiz para negociar con los aragoneses, pero estos exigieron la exclusión del Reino de Mallorca de las negociaciones y de la representación en el Compromiso de Caspe, exigencia a la que Cataluña cedió.
         El 12 de abril de 1412 los jurados quedaron instalados en Caspe.
       El 17 de abril comenzaron a escuchar las declaraciones de los abogados de cada uno de los candidatos y a analizar la documentación. y cuando se consideraron suficientemente enterados se encerraron en el castillo para deliberar y sentenciar. 
          El 24 de junio se procedió a la votación.
          El primero en votar fue Vicente Ferrer: "Que Dios y en conciencia declaraba que la Corona de Aragón pertenecía al infante Fernando, como nieto de Pedro IV y sobrino de Martín I, y por consecuencia el más inmediato pariente de este monarca". Domingo Ram, Bonifacio Ferrer, Berenguer de Bardají, Bernardo de Gualbes y Francisco de Aranda con Vicente Ferrer. Limitándose a decir cada uno: "en todo y por todo me adhiero al dictamen del maestro Vicente".
             Así pues, estos constituían los seis votos necesarios para der válida la declaración.
             El arzobispo de Tarragona dijo: "Que si bien la elección del infante Fernando la creia preferible para los pueblos en aquellas circunstancias, sin embargo, en Dios, en justicia y en conciencia creia que el duque de Gandía y el conde de Urgel, como varones legítimos y descendientes por linea varonil de la prosapia de los reyes de Aragón, eran mejores en derecho, y que a uno de ellos pertenecía la sucesión de la Corona; pero por ser iguales en grado de parentesco con el postrer rey, creía que podía y debía ser preferido el que fuese más idóneo y útil a la república".
             Guillermo de Vallseca se unió al parecer del obispo, declarando además, que tenía por más idóneo al conde de Urgel y debía ser antepuesto al duque de Gandía.
             Y por fin, Pedro Beltrán, se excusó de dar su parecer por no haber tenido tiempo, desde el 18 de mayo que llegó a Caspe para discernir la justicia con segura conciencia.
              La proclamación de la sentencia se hizo el 28 de junio de 1412.
           Cerca de la iglesia de Caspe se hizo un tablado engalanado, con asienntos para los jueces y los embajadores de los pretendientes; un altar se elavaba bajo el portal de la iglesia. A las nueve de la mañana los capitanes desplegaron a sus hombres, tremoló Martín Martínez de Marcilla el estandarte real de Aragón, sonaron las trompetas y aparecieron los nueve jueces.
           Celebró la misa el obispo de Huesca y Vicente Ferrer predicó un largo y elocuente sermón, terminado el cual se leyó la sentencia dada por los compromisarios, por la que se declaraba: "Que los parlamentos, súbditos y vasallos de la Corona de Aragón debían prestar su fidelidad al ilustrísimo, excelentísimo y poderoso príncipe y señor Fernando, infante de Castilla, y a él habían de tener por verdadero rey y señor".
                 La sentencia fue recibida satisfactoriamente en Aragón, no tanto en Valencia y mucho menos en Cataluña. Sin embargo, fue generalmente aceptada.
                El nuevo rey que esperaba en Cuenca, acudió a Zaragoza en los primeros días de agosto de 1412 y el  día 5, en las Cortes, juró guardar los fueros y libertades aragonesas.
                 La tarea que esperaba al rey era ingente y dificil. En Aragón, Cataluña y Valencia, las banderías se repartían ciudades y villas, y comienza la rebelión del conde de Urgel.
                 Pero esto es ya otra historia.
        



                          

 






  







jueves, 31 de julio de 2014



                          PRIVILEGIO  GENERAL  DE  ARAGÓN

          En septiembre de 1283, Pedro III convocó Cortes en Tarazona en un momento de enorme descontento en Aragón por la guerra de Sicilia y la próxima con Francia, por la excomunión dictada por el papa y muy especialmente en el secretismo para declarar y proseguir las guerras y la imposición de nuevos tributos y servicios.
          Problema que se agudiza con Pedro III pero que ya se había iniciado con su padre Jaíme I, contrario a otorgar privilegios pero sí dispuesto a aumentar el poder real. En las Cortes les presentaron sus agravios y desafueros, le piden celebrar consejo para la guerra de Sicilia y la próxima con Francia. el rey se negó rotundadamente  y entonces las Cortes pidieron que como no guardaba los fueros, costumbres, usos, privilegios y libertades propias de los aragoneses, que volviese a jurar. El rey de nuevo se niega y los aragoneses se preparan para defender sus libertades.
          Los ricos-hombres se unen a la clase popular y juran defender juntos sus privilegios, franquezas y libertades, acordando que si el rey intenta castigar a alguno de los juramentados sin sentencia del Justicia Mayor de Aragón, se desligarían del rey y proclamarían a su hijo Alfonso, y si este se negase a enfrentarse a su padre se actuaría igual contra él y toda la dinastía.
          Ante esta postura de los aragoneses y la dificil situación por la que pasaba, Pedro III se compromete a que en las próximas Cortes de Zaragoza quedarían solucionadas todas las desavenencias.

          En las Cortes de Zaragoza de octubre de 1283 celebradas en la iglesia de los Predicadores se presentaron los casos de agravio y desafuero cometidos por el rey y se pidió:
        Que se confirmaran los fueros.
        Que no se actuase contra persona alguna sin requerimiento de parte.
        Que el rey no pudiese poner jueces ni justicias en los lugares que no eran de realengo, y las apelaciones se fallasen dentro del reino.
        Que los jueces fuesen naturales de Aragón.
        Que se devolviese la propiedad a los que habían sido despojados injustamente.
        Que en la declaración de guerra hubiese en el consejo del rey ricos-hombres, caballeros, mesnaderos, infanzones y procuradores de ciudades y villas.
        Que los aragoneses usasen de la sal que quisiesen.
        Que se aboliese la "quinta" tributo que se cobraba por las cabezas de ganado.
            Tales eran las peticiones y Pedro concedió  todo lo que se le pidió por necesidad. El reino exigió a Pedro que jurase y confirmase en general y en particular los fueros, costumbres, usos, franquicias y libertades, que eran ya derecho consuetudinario, siendo la sanción real la forma de hacerlo obligatorio para la Corona.
            De esta forma nace el Privilegio General de Aragón, en que se confirma el ordenamiento jurídico aragonés y se devuelven los derechos y libertades de los que habían sido despojados ricos-hombres, mesnaderos, caballeros, infanzones y ciudadanos.
            Es posiblemente una constitución de las más avanzadas de Europa en su momento.
        Descrito de forma breve nos dice:
               Que se restituyan los bienes de los que algunos habían sido despojados en tiempo de Jaime I.
               Que a las escrituras reales se les ponga precio.
               Se anula el decreto del rey que prohibía matar corderos.
               No se haría contra nadie inquisición de oficio, sino solamente de parte perjudicada.
               Que en Aragón solo hayan jueces aragoneses, sin que puedan salir de Aragón las apelaciones.
               El rey debe jurar la observancia de los fueros.
             El rey tiene que contar con el consejo de todos los grupos sociales para declaración de guerra y paz.
            Que los dueños de salinas puedan usar de ellas libremente, prohibiendo el monopolio real y las ventas forzadas.
            El rey tiene que respetar los señoríos, no puede juzgar dentro de los que correspondan a los señores.
               El rey no puede embargar honores de ricos-hombres si no hay una causa justificada.
               El rey está obligado a tomar bajo su protección a la mujer, hijos, vasallos y bienes de los nobles que se desnaturalizan de Aragón.
               Se concede libertad para el establecimiento de alhóndigas y prohibición de las casas de juego.
               Los judíos no podrán ser bayles.
               Prohibición de imponer nuevos peajes y monedajes, no pudiendose prohibir la libre circulación de gentes por Aragón.
               Desaparece el impuesto de la "quinta" sobre el ganado.
               Se establece la libertad de comercio.
               El rey no puede actuar a su voluntad sino siempre ateniendose a las leyes forales.
               El rey tiene que celebrar Cortes Generales cada año.
               Se tiene que respetar a cualquiera persona demandada cuando se ha comprometido a comparecer en juicio.
               Los ricos-hombres no están obligados a servir al rey fuera de Aragón ni pasar el mar.
             La administración de justicia debe ser gratuita por lo que los jueces no podrán tomar salario de ninguna de las partes.
               Se limita el poder de los oficiales reales.
               El Justicia de Aragón juzgará todos los asuntos que vayan a las Cortes.
            Se anulan todas las ordenanzas sobre derechos de aduanas hechas por el rey y estas leyes solo podrán dictarse en las Cortes.
          El documento transmite que el rey Pedro confirma de forma perpetua los fueros, usos y costumbres de Aragón. El rey presta juramento de cumplir con todo lo anterior. Se cierra con el signo del rey Pedro III, la mención de los testigos y el signo del escribano.
           Formalmente es una concesión unilateral del monarca, aunque de hecho es una imposición de los aragoneses. La situación de Pedro III llegó a ser humillante. Y consecuencia de ello fueron los embates del rey. Causa importante de disensión fue la enemistad personal del rey con el Justicia Pedro Martinez de Artasona, principal alma de la resistencia. El rey lo destituyó y nombró en su lugar a Juan Gil Tarín. Los partidarios de Artasona lo defendieron en las Cortes de 1285, negando al rey autoridad para separar al Justicia. Pero el asunto quedó indeciso por la invasión francesa de Cataluña, acordando todos los ricos-hombres, mesnaderos e infanzones acompañar al rey para rechazar la invasión, dejando aparcado el asunto del Jussticia.
          Parte importante de este Privilegio General era en exclusiva para la nobleza y otra parte de él es más general ya que coloca a Aragón bajo el imperio de la ley frente al imperio del monarca.
          La infracción de este Privilegio General en el reinado  del hijo de Pedro III, Alfonso III, junto a la soberbia de la nobleza, fueron la causa de los Privilegios de la Unión. Que a su vez motivó un periodo de guerras y alteraciones que ensombrecieron la vida de Aragón durante muchos años.
          En las Cortes de agosto de 1325 en Zaragoza durante el reinado de Jaime II, se pidió al rey que mandase guardar el Privilegio General que había sido infringido en alguna de sus partes. El 1 de septiembre de 1325 Jaime II hizo confirmación explícita del Privilegio General, reformando alguna de sus disposiciones e incorporando otras nuevas.
          Las reformas fueron:
             En la prohibición absoluta de proceder por pesquisa, se introdujo la excepción del crimen de moneda falsa.
                  En las salinas se impusieron, tanto a las reales como a las particulares, unos límites fijos dentro de los cuales se debía consumir la sal de cada una.
                  Los mesnaderos tenían sobre la mesnada los mismos derechos que los ricos-hombres sobre los honores.
                  Los caballeros no podrán perder, salvo con justa razón, la tierra de honor que tuviesen de los ricos-hombres.
                   Que no se estableciesen nuevos peajes.
                   El rey se compromete a no nombrar jueces comisionados.
                   Se arreglan las tarifas de los escribanos.
                   Que por injuria verbal solo se pudiese exigir multa de sesenta sueldos.
                   Queda abolida la confiscación de bienes por suicidio, limitándose a solo en caso de traición.
                   El tromento solo se podría utilizar en caso del crimen de moneda falsa y también en hombre vagabundo que no fuese natural de Aragón.

          En las Cortes de octubre de 1348 Pedro IV deroga los Privilegios de la Unión y acuerda que el Privilegio General de 1283 y su modificación de 1325 sea tenido como Fuero.
             Se confirman así las libertades del Reino, estableciendo el juramento que el rey debe hacer de observar y conservar los fueros, privilegios, libertades, usos y costumbres del reino de Aragón.
              
               
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sábado, 5 de julio de 2014


                         BODA  DE  URRACA  DE  CASTILLA  Y  ALFONSO  DE  ARAGON.
            Alfonso I, llamado el Batallador, fue rey de Aragón por pura casualidad. Tuvo que morir su hermano mayor Pedro I sin descendencia para acceder al trono. Esto ocurría en el año 1104.
            En el año 1108 muere Sancho infante de Castilla, único hijo varón del rey Alfonso VI, que viejo y enfermo, ve peligrar la estabilidad de sus reinos al tener que dejarlos en manos de su hija Urraca; y entonces alumbra la idea de casarla con Alfonso de Aragón. Ella tenía 28 años y un hijo habido con su primer marido Raimundo de Borgoña. Él cuenta co 35 años y siempre ha sido soltero.
            La boda se celebra el año 1109 en el astillo de Muñó. Y es en diciembre de este año cuando los esposos firman los documentos de arras y donación que en condiciones normales hubiesen dado estabilidad a los  reinos.

            CARTA DE ARRAS QUE ALFONSO CONCEDE A URRACA.
            Alfonso I de Aragón y Navarra concede carta de arras a su esposa la reina Urraca de Castilla y León, dotándola con las dominicaturas y honores de Estella, Ejea, Huesca, Montearagón, Bespén, Barbastro, Naval y Jaca y dándole a elegir entre las villas de Sos y Uncastillo.
            Y además de esto convengo contigo que si Dios omnipotente me diese un hijo de ti, y yo muriese y tu me sobrevivieses, que tu y mi hijo tengais todas mis tierras que hoy tengo y en lo futuro conquiste con la ayuda de Dios, tanto yermo como poblado.
            Que si no tuviese hijo de ti y me sobrevives, que sea para ti toda mi tierra, y que la tengas ingenua y libre, como propia heredad, para hacer allí tu voluntad después de mis días.
            Y todo esto sobredicho con tal condición te la doy: que me tengas honorablemente, como buene mujer debe hacer a su buen señor. Y si quieres partir de mi, sin mi voluntad, que todos los hombres de tu tierra y de la mia se aparten de ti; y que todos me atiendan con todas las honores que tuviesen, y que me sirvan con fidelidad y verdad, sin engaño.
            Siguen los juramentos de la reina de cumplir todas las condiciones estipuladas.

              CARTA DE DONACIÓN QUE OTORGA URRACA A ALFONSO.
            Le entrega  toda la tierra que fue del rey Alfonso (VI) (su padre) tanto en yermo como en poblado, la que tenía y en lo sucesivo pudiera tener. Y acuerda que:
           Si Dios omnipotente me diese un hijo de ti, y tu me sobrevivieses, que tengais toda mi tierra tu y el hijo que de mi tuvieseis.
            Que si no tuviese hijo de ti (y me sobrevivieses), de la misma forma  que sea para ti toda mi tierra, y que la tengas ingenua y libre, como propia heredad, para hacer allí toda tu voluntad durante tu vida; y después de tus días que quede para mi hijo.
            Me tengas honorablemente, como buen marido debe hacer  a su buena mujer. Y que no me dejes por parentesco, ni por excomunión, ni por causa alguna. Y si no me tienes honorablemente como buen hombre debe tener a su mujer y no convives conmigo, que los hombres de mi tierra y de la vuestra se vuelvan a mi y no a ti mientras me indeseeis. Que si me dejas, que todos los de vuestra tierra y de la mia me atiendan con todas las honores que tuviesen, y que me sirvan con fidelidad y verdad, sin engaño.
            Se incluye luego el caso contrario, si la reina fuese la incumplidora, con penas semejantes a las anteriores. 

            Pero el matrimonio fue un absoluto fracaso, pero un fracaso anunciado. La antipatía entre ellos, desde el principio, era mutua. Urraca, que hubiese querido casarse con el conde Gómez González, tacha a Alfonso de sanguinario y tirano. Fallaron totalmente las relaciones matrimoniales. Urraca, mujer casquivana, con unas relaciones algo más que estrechas con los condes Gómez González y Pedro González de Lara, e inconstante en todas sus empresas, se enfrenta a un Alfonso poco inclinado al sexo femenino, posiblemente homosexual, autoritario, brusco y con una falta total de habilidad política.
            Pero si esto no hubiera sido bastante, se encuentran en el centro de un huracán de envidias, odios, resentimientos y sobre todo de intereses..
            Interés de la alta nobleza y clero por mantener sus privilegios que veian peligrar por el apoyo de Alfonso a la baja nobleza y a la burguesía ciudadana.
            En la Carta de Donación, Urraca deshereda a Alfonso, hijo de su primer matrimonio. Aparecen nevos enemigos, la nobleza y el clero gallego que se ponen al lado del infante.
            A la burguesía le concede fueros y privilegios con garantías y libertades que iban en detrimento del pago de impuestos que eran la base del poder de la aristocracia feudal. Por esta misma causa, el clero francés, traído y protegido por Raimundo de Borgoña primer marido de Urraca y  asentado en el Camino de Santiago, ve disminuir sus inngresos y su poder.
            Por tanto Alfonso se encuentra enfrentado al alto clero, al clero francés, a la alta nobleza y a los nobles gallegos. Por en contrario, tuvo el apoyo de la baja nobleza y de las ciudades.
            No obstante estas fuertes oposiciones, creo que Alfonso y Urraca hubiesen triunfado si hubiesen constituído un verdadero matrimonio. Algo similar les ocurrió a Isabel I de Castilla y a Fernando II de Aragón, también una unión de aragones y castellana, pero aquí además de un matrimonio bien avenido fueron el ejemplo de la habilidad y el genio político, y la unión de los reinos se llevó a cabo.
            La reunión en 1114 del episcopado castellano-leonés acuerda que los cónyuges eran consanguíneos (como si no lo hubiesen sabido antes de casarse) y por tanto deben separarse o serán excomulgados. Alfonso repudia a Urraca y da fin a este desastre. Y a partir de este momento se consagra a los asuntos de Aragón.
            Esta unión de principios del siglo XI pudo haber adelantado los acontecimientos que se desarrollaron a finales del siglo XV. Y cómo hubiera cambiado la historia de España.

                  BIBLIOGRAFÍA
            ANTONIO UBIETO ARTETA. Los esponsales de la reina Petronila y la creación de la Corona de Aragón.
            JOSÉ MARÍA RAMOS LOSCERTALES. La sucesión del rey Alfonso VI.
            JOSÉ ÁNGEL SEMA PUEYO. Colección diplomática de Alfonso I. 
            

















  

                        


















  

martes, 1 de julio de 2014



                           RUINAS  DEL  MONASTERIO  DE  SAN  VICTORIÁN

            Situado sobre la sierra Ferrera en el Sobrarbe (Huesca), cercano al pueblo de Los Molinos, pertenece al municipio de El Pueyo de Araguás. 
           Fue durante mil años el centro espiritual de Sobrarbe.
           Se le considera el monasterio más antiguo de España, erigido por el rey godo  Gesalaico en 506, llamado San Martín de Asán. Sus primeros sesenta años fue gobernado por San Victorián. 
            Tras la invasión árabe los monjes huyeron y el monasterio arruinado.
            Fue Sancho Garcés III de Pamplona hacia 1015 el que lo restauró y lo  enriqueció con donaciones.
            Ramiro I de Aragón concluyó la restauración de su iglesia, cambió el nombre por el de San Victorián, lo convirtió en Capilla Real y lo declaró exento de toda jurisdicción episcopal. En un documento de 1049 Ramiro I y su mujer Ermesinda señalan su zona de influencia "desde Matidero hasta el rio Ésera y desde la sierra de Arbe hacia dentro".
            Sancho Ramírez de Aragón lo puso bajo la directa protección del papa Alejandro II.
            Pedro I le anexionó los monasterios de Obarra y San Pedro de Tabernas.
            Ramiro II de Aragón pactó en él con Ramón Berenguer IV la boda con su hija Petronila.
            Alfonso II de Aragón restituyó al abad bienes que le habían sido usurpados y le dio una nueva inmunidad jurisdiccional.
            Lleva una vida próspera hasta que Felipe II en 1571 crea el obispado de Barbastro desmembrando San Victorián. Su jurisdicción que lo era sobre cincuenta y cuatro pueblos queda reducida a Torrelisa, Los Molinos. Fosado y Charo. Carente de recursos su decclinar fue irremediable.
            Fue con Felipe V cuando parece resurgir, tras su reconstrucción. Pero en nnoviembre de 1763 sufre un incendio y en junio de 1764 ls embates de un terrible huracán.
            Destrucciones y expolios sufrió en la Guerra de la Independencia, las Guerras Civiles Carlistas, la Guerra Civil de 1936 y la desacralización de 1953 con el traslado por orden eclesiástica de su patrimonio mueble.
            Pero si hay que elegir la acción destructiva más importante que sufrió San Victorián yo me inclinaría por la exclaustración de 1835 seguida de inmediato por la desamortización regular, es decir por la incautación de todos los bienes religiosos regulares y su venta en pública subasta.
            El  Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 46 de 20 de abril de 1844 anuncia la subasta del Monasterio de San Victorián. Dice así: "Sitio en despoblado, a media hora de distancia de Arro, de 4.356 varas cuadradas, consta de iglesia, plaza, patios con arcos y once habitaciones con sus correspondientes puertas. Se ha calculado que puede producir de renta anual 600 reales de vellón (r.v.) y ha sido tasado en 77.900 r.v. por cuya cantidad se saca a subasta. Fue de los Benitos de San Victorián"".
            El Boletín Oficial de la Provincia nº 65 de 3 de junio de 1844 publica una comunicación del Ministro de la Gobernación de 25 de mayo de 1844 que dice lo siguiente:
             "Ha llegado a noticia de la Reina que el antiguo monasterio de San Victorián, situado cerca del pueblo de Los Molinos y a dos leguas del rio Cinca, en la provincia de Huesca, y uno de los monumentos de su clase más antiguos en España, está próximo a enajenarse por la escasa suma de 77.000 r.v. pagadera en papel sin interés, y únicamente con el objeto de derribarlo para aprovechar sus materiales. Esta venta, que reducirá a polvo tan precioso edificio, no solo causará a las artes una pérdida irreparable, sino que hará desaparecer un antiquísimo panteón donde están enterradas las cenizas de los primeros reyes de Aragón (sic); e importando su conservación al decoro del Gobierno, S.M. me manda manifestarle a V.E. a fin de que por el Ministerio de Hacienda de su digno cargo se dicten las órdenes correspondientes para suspender la venta, encargándose por el contrario que se conserve y cuide mientras se le da algún uso de pública utilidad con arreglo a la capacidad y naturaleza que tiene".
            En el Libro de Actas de la Diputación Provincial de Huesca nº 607, en sesión de 28 de junio de 1844 se lee: "Al Diputado del Partido para que informe la R.O. que previene a la Diputación, manifieste el destino que podrá darse al exmonasterio de San Victorián".
            El informe que emite la Administración es de 21 de marzo de 1846 y dice así: "Este edificio fue, según las tradiciones históricas, el primero que se fundó en España. Fue construído y reedificado varias veces por la incesante piedad de los Reyes de Aragón y últimamente por Felipe II (sic) que mandó hacer nuevas sepulturas para los dos cuerpos reales que en él se conservan, renovando el edificio y la iglesia. Está situado cerca del pueblo de Arro y en país de montaña. En el mes de abril de 1844 debió sacarse , como estaba anunciado, a pública subasta, Pero por R.O. se suspendió la venta. Es por lo tanto este edificio digno de conservarse ya sea por su antigüedad, ya por ser panteón de reales cenizas y ya también por su mérito arquitectónico del cual no carece".

            Sorprende o no, la dejadez de la Administración, informa dos años después de la consulta y solo se le ocurre decir vaguedades y que debe conservarse. Pero la R.O. pedía que se conserve y cuide mientras se le da algún uso de pública utilidad, y de nada de estos dos aspectos trata el desdichado informe. Todo demuestra el poco interés que ha habido y hay por nuestros monumentos. Salvo que sirvan para recibir dinero o para propaganda política. Bien está no venderlo pero para conservarlo habría que haber hecho algo más que dejarlo abandonado. Tan perjudicial es la piqueta (Monasterio de Montearagón) como la acción demoledora del tiempo y los hombres (Monasterio de San Victorián).

                    Descripción.
            Es un lugar amurallado y de estructura compleja, ya que ha sido construido, destruido y reconstruido en distintas ocasiones.
            Existen lienzos de muralla y restos de torres prerrománicas, la fachada de la iglesia y la torre románicas, indicios góticos en el claustro, signos barrocos en la iglesia y neoclásicos en la hospedería.
            Tras la entrada principal, por un porche se entra a un gran patio con dos niveles provistos de una escalinata. En la parte inferior del patio un molino, cuadras y un refugio para peregrinos. A la derecha está la entrada a la parte noble con restos del claustro y la más absoluta desolación: la iglesia arruinada, la capilla real destruida. La iglesia era de tres naves que estuvieron cubiertas con bóveda de cañón y cabecera recta. La torre está adosada y es de planta rectangular con dos cuerpos de altura.

            Recientes disposiciones del Gobierno de Aragón.
            Fue declarado Bien de Interés Cultural por Decreto 21/2002 de 6 de marzo, publicado en el Boletín Oficial de Aragón nº 35 de 22 de marzo de 2002.
            El obispo de Barbastro hizo la cesión gratuita y su destino era la rehabilitación.
            El Decreto 76/2007 de 8 de mayo del Gobierno de Aragón, por el que se acepta la cesión gratuita del conjunto de edificaciones del Real Monasterio de San Victorián en Los Molinos, término municial de El Pueyo de Araguás.




































martes, 24 de junio de 2014



                   LOS  RESTOS  DE  SAN  INDALECIO  DE  ALMERÍA  A  HUESCA.

            El abad Sancho del Monasterio de San Juan de la Peña, situado en los montes Pirineos, cercano a Jaca estaba profundamente dolido de que siendo San Juan un monasterio rico en recursos materiales sin embargo careciese de recursos religiosos, y especialmente de reliquias. Pensó en enriquecerlo con las reliquias de San Indalecio de las que le había informado Pedro de Almería, judío converso de cultura árabe, que estaba en la corte del rey Sancho Ramírez de Aragón.
            San Indalecio es según la tradición del siglo VIII uno de los "siete varones apostólicos", junto a Torcuato, Segundo, Tesifón, Cecilio, Eufrasio y Esikio, que fueron consagrados obispos en Roma por los Apóstoles y que trasladados a España en el siglo I fundaron las primeras iglesias.
            San Indalecio fue obispo de Urci, en el distrito árabe de Urs al-Yaman. Tras la fundación de Almería (955--956) a seis millas de distancia, junto al mar, Urci quedó despoblada, recibió el nombre de Paschena, que así sonaría a los oidos de los monjes que la visitaron el topónimo árabe Beggana, actualmente Pechina.
            Este sueño tan largamente vivido por el abad tuvo sus posibilidades de realización cuando visitó San Juan de la Peña un pariente suyo, de nombre García, que iba camino de Santiago de Compostela, aragonés y cristiano que residía en Murcia sirviendo al rey de las taifas de Murcia y Sevilla, Muhammad ibn Abbad al- Mutamid. El abad le pidió si podía ayudarle en la búsqueda y traslado del cuerpo de San Indalecio. Aceptó el encargo para cuando volviese de Santiago de Compostela, aunque puso dos condiciones, que se unieran a él dos monjes y que todo se realizase en el más riguroso secreto.
            Cuando García volvió de la peregrinación a Santiago emprendió el viaje de vuelta a Murcia llevando con él a dos monjes, Evancio y García.
            Nada más llegar a Murcia se declaró la guerra entre el rey de Hispalis (Sevilla) y el de Almería.
        Al-Mutamid mandó a sus vasallos movilizar a sus mesnadas y por tanto el aragonés García, para atacar Almería. García con sus hombres y los dos monjes salió de Murcia el 28 de septiembre de 1083 hacia Baza, donde diez días después se encontró con el rey sevillano. Aquí permanecieron cuatro días y otros cuatro tardaron en llegar a Urci donde acamparon.
            Los monjes buscaron y rápidamente encontraron el sepulcro con el cuerpo de San Indalecio, mandando García a dos soldados para que ayudaran en la extracción de las reliquias. En esos momentos el rey de Sevilla ordenó levantar el campamento y dirigirse a Almería para atacar sus murallas. Pero los monjes con los dos soldados se quedaron en Urci.
             La tarde de la marcha de las tropas se pusieron a abrir el sarcófago y a la extracción de parte de los restos, interrumpiendo el trabajo por la llegada de unos ladrones que quisieron agredirlos.
           La batalla ante Almería no fue tal, fue un pequeño enfrentamiento incluso sin derramamiento de sangre. García y sus mesnadas volvieron a Urci, y allí los monjes, protegidos ahora por diez hombres armados, acabaron con la recogida del resto de las reliquias de San Indalecio.
            Todos los hombres de García regresaron a Murcia y durante un mes los monjes se hospedaron en el domicilio deGarcía, tiempo en que tardaron en encontrar un guía que los condujese hacia Aragón.
            Salieron de Murcia en la segunda quincena de febrero de 1084 y les acompañó García durante seis millas, se dirigieron a Denia provistos de una carta de recomendación para el señor de esta ciudad.
            Desde aquí se dirigieron a Valencia con nuevos guías.
       A Tortosa llegaron tras cuatro jornadas de camino, pernoctaron y siguieron para Flix, donde atravesaron el Ebro, siguiendo camino a Lérida.
            Entrados en Aragón se dirigieron a Santa María de Ballarán, en el Serrablo; aquí descansaron dos días y enviaron mensajeros al abad Sancho anunciando la llegada.
             El Jueves Santo, 28 de marzo de 1084 la comunidad benedictina de San Juan de la Peña, presidida por el abad Sancho, y en presencia del rey Sancho Ramírez y de su hijo Pedro, recibía solemnemente el cuerpo de San Indalecio, obispo de Urci. 

            Testimonio del abad de San Juan de la Peña, cuando se remitió la reliquia de San Indalecio a la Iglesia de Almería.
               Nos Juan Briz Martinez abad del Monasterio de San Juan de la Peña que el Sr. D. Pedro de Molina, Prior y Canónigo de la Iglesia de Granada y Vicario en el arzobispado de Zaragoza, para acrecentar la devoción que Granada y Almería sienten hacia San Indalecio cuyas reliquias están en el Monasterio de San Juan de ls Peña, ha pedido a Nos y al Monasterio que le concedamos alguna Parte y reliquia del Santo y para ello nos trae un Breve de Su Santidad (2 de marzo de 1618) que nos permite concederle dichas reliquias y una carta del rey D. Felipe que nos concede permiso (31 de agosto de 1618).
             Determinamos dar las reliquias con la voluntad del Capítulo, Prior y Monjes del Monasterio en 21 de mayo de 1618.
             Tras la misa ordenamos bajar el arca con las reliquias que está en el retablo mayor de la iglesia alta de este Monasterio y abriendo el arca sacamos de ella dos huesos, el uno el extremo o nudo de la canilla de una pierna que tiene de alto seis dedos, y el otro un hueso del espinazo de dod dedos de alto, aunque tocados por el fuego que afectó al Monasterio, aunque escaparon milagrosamente de las llamas.
             Poniendo los dos huesos en una bolsa de seda y oro bordado sobre campo azul, la recibimos en nuestro poder y custodia ofreciendo llevarla personalmente a Zaragoza y entregarla allí a D. Pedro de Molina para que la lleve a las ciudades de Granada y Almería para entregar a la Colegiata del Monte Santo de Granada y el otro se entregue a la Iglesia Catedral de Almeria.
             Lo firma y sella el abad a 21 de mayo de 1619.

            Copia de un testimonio que justifica la reliquia de San Indalecio que tiene la Santa Iglesia de Almería.
                
               En Granada a 11 de enero de 1620. Ante el notario del Santo Oficio y los testigos, D.Pedro de Molina juró que la reliquia de San Indalecio es la misma que le entregó el abad del Monasterio de San Juan de la Peña y ahora la entrega a Francisco Ortiz de Madrid, Agente, Procurador y Capellán de Fray Juan de Portocarrero, obispo de Almería. Va dentro de una arquita de plata con un escudo, cerrada con un candado dorado, la llave va dentro de un pliego cerrado y sellado, lo remite al obispo de Almería con un pergamino firmado por el abad de San Juan de la Peña, con la Cédula Real y el Breve de S.S. 

            Consta que la reliquia llegó a Almería y entregada al obispo, deán y  Cabildo el 21 de enero de 1620.
                 En la Capilla Mayor de la Caedral de Almería en una arqueta de plata se guarda una reliquia de San Indalecio traida desde la Diócesis de Jaca.

            En 1835 en plena Guerra Civil Carlista y ante la bancarrota  del erario público, el Gobierno decide desamortizar los bienes de los regulares para su posterior venta por subasta pública. Previo a ello se produce la exclaustración o salida de los frailes de los monasterios. Como consecuencia de ello San Juan de la Peña quedó abandonado y sujeto a las inclemencias del tiempo y de los hombres.
               Pero al abandonarlo los frailes se llevaron consigo dos urnas de plata: una con los restos de San Voto y San Félix y otra con las reliquias de San Indalecio, que depositaron en la Catedral de Jaca.
               Bajo el ara de la Capilla Mayor de la Catedral de Jaca se encuentran y podemos ver las urnas de plata. barrocas, conteniendo los restos de San Voto y San Félix anacoretas fundadores del Monasterio de San Juan de la Peña; las reliquias de Santa Orosia, mártir bajo la dominación árabe y patrona de Jaca y las reliquias de San Indalecio, traídas de Almería y salvadas por los monjes.
            




















 






























           














lunes, 16 de junio de 2014



                         CONQUISTA  DE  ZARAGOZA  POR  ALFONSO  I  DE  ARAGÓN

               Alfonso a punto de solucionar sus problemas en Castilla fija su atención en zaragoza. La empresa es harto difícil por lo que decide pedir ayuda a sus amigos y parientes del sur de Francia. Se sabe que Alfonso estaba a las puertas de Zaragoza el 8 de julio de 1117 junto a Gastón de bearn y su hermano Céntulo, para reconocer las murallas y tantear las fuerzas enemigas. Los dos hermanos vuelven a Francia y allí comunican sus impresiones. A comienzos de 1118 se reunió un cncilio en Toulouse donde se aprobó la espedición a Zaragoza, que alcanzaba caracteres de cruzada.
               A esta expedición asistieron los arzobispos de Arlés y Auch y los obispos de Lescar, Bayona y Barbastro. La constituían Gastón de Bearn, su hermano Céntulo conde de Bigorra, Bernardo conde de Comminges, Pedro vizconde de Gabarret, Auger vizconde de Miramont, Arnaldo de Lavedán, Gassion vizzconde de Soule, Bernardo Atón vizconde de Carcasona-Beziers. Este ejército lo constituían fundamentalmente jinetes y arqueros e iba provisto de altas torres de madera montadas sobre ruedas.
               El asedio que dó constiituido el 22 de mayo de 1118 y se prolongaría siete meses.
               Al contingente francés se unieron Diego López de Haro señor de Vizcaya y Ladrón afincado en Álava y la Rioja. Los señores de Navarra: de Leert, Punicastro, Marañón, Turrillas, Nájera, Calahorra, Estella, Funes, etc. Los señores de Aragón: de Sos, El Castellar, Belchite, Biel, Loarre, Ayerbe, Huesca, Piracés, Santa Eulalia, Antillón, Albero, Rodellar, Buil, Tramaced, etc. Los señores de Pallar, Ribagorza y Sobrarbe encabezados por el conde Bernardo Ramón de Pallar, con los señores de Capella, San Esteban del Mall, Benabarre, Perarrúa,etc. Acompañaban a este ejército los obispos de Huesca y Pamplona.
                El único ejército almorávide capaz de enfrentarse a la huesta cristiana era el mandado porAbd Allah b. Mazdali, gobernador de Granada, que se encontraba en Jaén y se dirigió a Zaragoza. En Tarazona se enfrentó a tropas cristianas a las que derrotó. Se estableció en Tudela, donde pasó la mayor parte del verano, y viendo que Alfonso no se movía de Zaragoza, partió con su ejército hacia allí, donde entró a finales de septiembre. Pero Mazdali murió en noviembre y con él las esperanzas de Zaragoza.
                No hay datos de como se realizó el asedio. Se piensa que una actuación importante sería cortar el suministro de agua.
               El sitio se fue estrechando de tal manera que era imposible la entrada de auxilios. frente a cada puerta de la ciudad Alfonso estableció un punto fortificado que impedía tanto la entrada como la salida. Y de día en día se fue haciendo más apurada la situación de los sitiados.
               Se sabe que la primera acción bélica contra Zaragoza fue la conquista del alcázar de la Aljafería, por estar situado a extramuros de la ciudad.
               Los sitiados propusieron a Alfonso una tregua y si en ese plazo no recibían refuerzos se rendirían. Era la costumbre de aquel tiempo.
               El 6 de diciembre de 1118 Alfonso derrotó a un ejército almorávide que venía en ayuda de Zaragoza. Y ante esto los defensores deciden rendir la plaza.
                La capitulación se firma el 11 de diciembre y el 18 de diciembre de 1118 Alfonso toma posesión de la Zuda o palacio del gobierno. Este acto simboliza la ocupación de la ciudad.
               La Capitulación firmada firmada para la entrega de la ciudad es una muestra de la magnanimidad de Alfonso con los musulmanes vencidos. Veánse los puntos más interesantes de esta Capitulación:
            Quien quiera quedarse en la ciudad podrá hacerlo, conservando sus bienes.
            Quien quiera irse podrá hacerlo libremente con su familia y pertenencias y con total seguridad.
            El que lo desee podrá vender su patrimonio líbremente.
            Durante un año conservarán sus casas y mezquitas dentro de la ciudad; pasado este tiempo deberán instalarse extramuros, en el arrabal de Curtidores, al otro lado del puente del Ebro.
            Sus autoridades privativas serán confirmadas en sus cargos y hnradas como en la época anterior.
            En sus pleitos tendrán competencia sus jueces y se aplicar.an sus leyes.
            Ningún cristiano entrará por la fuerza en la casa o en la propiedad de un musulmán.
            No podrán ser obligados a luchar contra otros musulmanes ni contra cristianos.
            Podrán llevar armas.

                BIBLIOGRAFÍA
            M.L. Ledesma Rubio. Los reyes de Aragón. Alfonso I.
               Juan F. Utrilla. El nacomiento de Aragón.
               María José Cervera Fras. El reino de Saraqusta.
               Bartolomé Martínez y Herrero. Sobrarbe y Aragón.
               José María Lacarra. Alfonso el Batallador.
               Antonio Durán Gudiol. Historia de Aragón. Alfonso I.
           Víctor Gebhardt. Historia General de España y sus Indias.
               Emilio Benedicto Gimeno. Historia de Monreal del Campo..

















 


  

























jueves, 12 de junio de 2014



                           TRISTE  FINAL  DEL  MONASTERIO  DE  MONTEARAGÓN

             Erigido en 1086 por Sancho Ramírez como posición fortificada para el asedio de Huesca, en él se instalaron los canónigos de San Agustín.
             Este monasterio estuvo muy ligado a la Casa Real de Aragón. Aunque dependía únicamente de la Santa Sede los Reyes de Aragón por privilegio concedido por Urbano II podían intervenir  en la elección del abad.
             En la Alta Edad Media fue una importante institución militar y reliigiosa.
            Es con Felipe II cuando se inicia su ecadencia, y más cuando se crean los obispados de Barbastro y Jaca en 1571 que3 se hacen a costa de las posesiones de Montearagón, lo que supuso su casi total desaparición. Pero son las leyes desamortizadoras del siglo XIX las que le van a dar la puntilla definitiva.
             En 1835 se suprimen todos los monasterios de las órdenes monacales.
            En 1836 se declaran en venta los bienes de las comunidades religiosas extinguidas.
            En 1838 la Junta Superior de Venta de Bienes Nacionales ordena la enajenación del monte de Montearagón con la inclusión de los edificios que hay dentro de él. Decisión tan desafortunada no se produce mas que como consecuencia de la incultura de la nefasta Junta. Pero no solo de ellos, las autoridades políticas de Huesca no elevan la más mínima protesta, no así las asociaciones culturales cuyas protestas no fueron oidas por los polítrticos, como siempre.
            El 2 de abril de 1843 sale el anuncio de la subasta del monte y del edificio que en él hay,  señalando el remate para el 21 de junio de 1843. uno y otro han sido tasados en doscientos cuarenta y ocho mil r.v. (reales de vellón), cantidad pr la que sale a subasta. En este anuncio se hace la siguiente descripción: " El edificio monasterio llamado de Montearagón con un monte de puro pasto que le rodea, sito el primero  a distancia de tres cuartos de legua de esta Capital sobre una eminencia de bastante altura, en despoblado, su fábrica es de piedra y de ladrillo tiene cuatro altos con el piso terreno, cuatro claustros, igual número de patios en uno de ellos un aljibe, habitaciones, graneros, horno, pajar, cuadras y demás oficinas, iglesia y sacristía y en la primera un altar de piedra de exquisito gusto y delicado trabajo; y ocupa todo una superficie de ocho mil quinientas varas cuadradas".






            Pero el 16 de junio 1843 la Junta Superior de Ventas de Bienes Nacionales hace una pequeña pero fundamental rectificación para el arte de Huesca, acuerda que se publique que la venta se hace con exclusión del altar mayor de la iglesia del Monasterio. esta es la causa de que su  retablo lo podamos contemplar hoy en el Museo Diocesano.
            El 21 de julio de 1843 en el folio 111 del Libro de Registro de Ventas se lee que el valor del remate del Monasterio ha sido de 1.001.000 r.v. y su comprador D. Jayme Agustí, vecino de Huesca.

            Gaceta de Madrid nº 3435 de 9 de marzo de 1844
            (Noticias Nacionales. Huesca 4 de febrero)
               "Monasterio de Montearagón, fundación de SanchoIV, y sepulcro de su hijo D. Alonso el Batallador. La semana pasada fue reducido a cenizas la mayor parte del edificio que se estaba derribando por sus compradores, sin que hasta hoy se sepa si fue el descuido o la malicia quien causó el incendio. El Sr. Síndico, que observó el expediente de su venta, vicioso en su concepto, a su tiempo protestó la venta;  pero de nada sirvió, porque el Gobierno de entonces estimaba sin duda en poco la conservación de unos monumentos que son recuerdos de tantas glorias.
            La Diputación arqueológica con una sección del Liceo artístico literario, que vieron stériles sus esfuerzos para la conservación de este edificio, trataron de salvar los restos del Rey D.Alonso, del arzobispo de Zaragoza, D. Alonso, hermano del Rey D. Jaime el Conquistador, y los trasladaron a la iglesia de San Vicente el Real de esta Ciudad, donde hoy existen, para depositarlos en su día con la solemnidad debida".
(Heraldo).
             Así se perdió el monasterio de Montearagón, como ocurre con infinitas obras de arte. Y se pierden cuando se aunan unos políticos interesados e incultos con cultos artistas políticamnete interesados frente a los verdaderos amantes del arte.

              Protocolo notarial 10.187  nº 1323  año 1844.
              Escribano: Julián Pascual Martínez.
              Convenio. En Huesca a 27 de abril de 1843 se produce un ajuste de convenio por el que D. Jayme Agustí y María Casanova, cónyuges, traspasan a D.Carlos Bitrián, D. Manuel Bitrián y D. Domingo Pueyo las tres cuartas partes del edificio y monte de Montearagón.

               Reseña de las tareas de la Comisión Provincial de Monumentos Históricos y Artísticos de Huesca:
                 "Los señores Nasarre y Lasala se pongan de acuerdo con los compradores de los ex-monasterios de Montearagón y Loreto para la cesión de estos antiguos edificios. A esto se prestó D. Carlos Bitrián dueño de Loreto, por la cantidad de 8.000 r.v. Respecto a Montearagón, no hubo  acuerdo con dicho señor, a pesar de los deseos de la Comisión".

            En el año 1859 los políticos trepadores de Huesca, para ganar puntos, acuerdan ceder Montearagón  la Reina Isabel II para "sitio real". Convencen a los propietarios los hermanos Campaña para esta cesión, que ellos aceptan de muy buen grado. Claro que ya han vendido todo lo vendible de Montearagón y solo quedan ruinas y además donar un edificio a la reina debía de dar mucho prestigio.
                  Escritura de cesión del monasterio de Montearagón a la Corona por Andrés y Gregorio Campaña.
              Notario: Pascual  de Lasala.
              Huesca 13 de julio de 1859
              Protocolo notarial 10.375  nº 134
              Donación. D. Andrés Campaña, D.Gregorio Campaña y Dª. Felipa Fuertes dicen que son dueños del monasterio de Montearagón, que comprendiendo la importancia y celebridad de un monumento que ecuerda una de las páginas más memorables de nuestra historia y considerando que no habíapersona más digna de poseerle que S.M. la reina Isabel II, no dudaron en hacerle cesión y donación graciosa del expresado Monasterio y S.M. acptó gustosa la donación.

              Real Orden dirigida al Delegado de Hacienda de Huesca.
                Visto el expediente promovido por la Diputación Provincial de Huesca solicitando la cesión del monasterio de Montearagón con objeto de construir un establecimiento frenopático, procede se acceda a lo solicitado. revertirá al Estado desde el momento que sea aplicado sinautorización previa del Ministerio de Hacienda a distintos fines a aquellos para que se pretende. Las obras serán ejecutadas bajo la vigilancia y dirección de la Comisión de Monumentos Históricos y Artísticos la cual cuidará de que se conserven la iglesia, torre, cripta y murallas de oriente, norte y sur.
                               Madrid 3 de septiembre de 1892

           Acta. En el día tres de octubre de mil ochocientos noventa y dos reunids en el ex-monasterio de Montearagón, por una partelos Srs. D. Enrique  Magariños, Delegado de Hacienda, D. Andrés Martínez, Interventor de la misma, D. Mariano Barbero, Administrador de Impuestos y Propiedades, D. Enrique Araújo, Oficial del Negociado respectivo que actua como Secretario, y por otra los Srs. Joaquín Lalaguna, Diputado Provincial y D. Elías Vallespín, Arquitecto, en representación de la Diputación Provincial, y D. Felipe Blancaflor en nombre de la Comisión de Monumentos Históricos y Artísticos,